En septiembre de 2017, Nosotrxs hizo una evaluación del nivel de cumplimiento de los partidos políticos a sus obligaciones de transparencia.
INFORME DE ACTUALIZACIÓN EN EL PERIODO DE CAMPAÑAS
Hicimos una petición simple: que los partidos políticos cumplieran al 100% con los rubros exigidos por la ley antes de iniciar el proceso electoral. Dicha evaluación se realizó a partir de la revisión de la información disponible en los sitios de internet de los partidos políticos para los ciudadanos. El resultado fue ominoso: ningún partido político cumplía al 100% con sus obligaciones de transparencia.
En abril de 2018, Nosotrxs realizó una actualización a partir de la información publicada en los portales de los partidos políticos y en el Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia (SIPOT) del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI). El resultado es el mismo: ya en pleno proceso electoral, los partidos políticos siguen sin cumplir sus obligaciones de transparencia.
De acuerdo con la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, los partidos políticos deben explicarnos cuánto dinero reciben y cómo lo gastan, y más aún en un proceso electoral. Asimismo, deben explicarnos cómo seleccionaron a sus candidatos y subir sus currículums con fotografía. Están obligados a publicar esa información y más, de acuerdo con los artículos 70 y 76 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP), que pide a los partidos publicar su estructura, padrón de militantes, contratos y convenios, información financiera, mecanismos de elección de dirigentes y de candidatos a cargos de elección popular.
De las 33 obligaciones de transparencia del art. 70, los partidos políticos incumplen en promedio 9 obligaciones en sus portales y 6 obligaciones en el SIPOT. De las 30 obligaciones de transparencia del art. 76, incumplen en promedio 5 obligaciones en sus portales y 2 obligaciones en el SIPOT. El cumplimiento de estas obligaciones varía en calidad y en cantidad, las actualizaciones no son recurrentes y, a pesar de que desde el 4 de mayo de 2017 venció el plazo para que cumplieran al 100% sus obligaciones, los partidos se mantienen distantes de llegar a su meta.
El partido político que más cumple tanto en su portal como en el SIPOT es Movimiento Ciudadano, seguido por el Partido Encuentro Social. Éste último no publica información en su portal, a pesar de que sí la tenía pública en septiembre de 2017. Los partidos políticos que menos cumplen tanto en sus portales como en el SIPOT son el Partido de la Revolución Democrática (PRD) y Morena, quienes incumplen las mismas obligaciones en ambas plataformas. El PRD no publica información sobre su gasto en comunicación social y publicidad ni inventario de bienes, mientras que Morena no presenta auditorías de sus ejercicios fiscales ni la dictaminación de sus estados financieros ni las contrataciones de servicios profesionales por honorarios o los gastos de representación y viáticos. Por su parte, el Partido del Trabajo presenta un avance sustantivo en la información que publica en el SIPOT, contrastada con aquella que publica en su sitio. El mayor nivel de incumplimiento del total de partidos está en actualizar la información curricular tanto de candidatos como de dirigentes. Nos piden su voto, pero no sabemos a cabalidad quiénes son las personas a quienes beneficiará nuestro sufragio.
Es importante subrayar que la Auditoria Superior de la Federación recomendó el 30 de junio de 2017 que los sujetos obligados consideraran medidas contingentes para cumplir con sus obligaciones al publicar la información en su portal para asegurar la integridad, confiabilidad y trazabilidad de la información presentada en la Plataforma Nacional de Transparencia por los sujetos obligados.
Participar en un proceso electoral sin tener la información a la que están obligados los partidos de conformidad con la ley vigente, no sólo vulnera el derecho a saber de los ciudadanos en la contienda más compleja y cara de nuestra historia, sino que daña la legitimidad y legalidad de nuestra democracia. Resta credibilidad a quienes proponen transparencia o rendición de cuentas y no pregonan con el ejemplo. Para combatir la corrupción, hay que cumplir la ley.
Nosotrxs no parará de exigir lo mínimo: que los intermediarios políticos cumplan sus obligaciones. Que quede claro que la democracia es nuestra. Los partidos deben transparentar su funcionamiento cotidiano, tanto en el ámbito nacional como en el local.
No queremos denostar a los partidos; lo que buscamos es que honren sus compromisos democráticos: si se proponen acabar la corrupción, que comiencen por la propia casa y por honrar las leyes que están vigentes. La indiferencia táctica, propia de campañas competidas, no es una respuesta honrosa ni aceptable. Seguiremos exigiendo que los partidos no se contradigan entre lo que ofrecen y lo que hacen: que cumplan todas y cada una de las fracciones que marca la LGTAIP.
Nosotrxs somos el Estado, el poder y la democracia. Ni tú, ni yo, ni ellos, Nosotrxs.
En el Informe Anexo se puede encontrar la comparación con el análisis realizado en septiembre, así como la metodología de levantamiento de información utilizada. Asimismo, se adjuntan las tablas de cumplimiento en Excel elaboradas por el equipo de Nosotrxs.
INFORME ANEXO Y METODOLOGÍA
Equipo de trabajo para la integración de este informe:
Luis Ortega Sainz – análisis y actualización de las bases de datos tanto de los portales de Partidos Políticos como del SIPOT del 8 al 26 de abril.
Daniel Manchinelly Mota – análisis y revisión de la versión de septiembre. Antonio Zavala – análisis de la información contenida en los portales de partidos políticos en septiembre de 2017
Diego de Anda – análisis de la información contenida en los portales de partidos políticos en septiembre de 2017
Luis F. Fernández – Coordinador del equipo de investigación
En septiembre de 2017, Nosotrxs realizó un análisis sobre el cumplimiento de las obligaciones de transparencia de los partidos políticos a partir de la información publicada en sus propios portales. La Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP) obliga a los partidos políticos a cumplir con 33 fracciones del artículo 70 y con las 30 fracciones del artículo 76, dedicado exclusivamente a partidos políticos. Ambos artículos especifican qué información deben publicar los partidos con base en la Tabla de aplicabilidad de las obligaciones de transparencia comunes de los sujetos obligados del ámbito federal, en términos del último párrafo del artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
A continuación se enlistan:
Artículo 70
- 70I Marco normativo
- 70II Estructura orgánica (en formato que permita vincular cada parte de la estructura)
- 70III Facultades de cada área
- 70IV Metas y objetivos de cada área
- 70V Indicadores de interés público
- 70VI Indicadores para la rendición de cuentas de objetivos y resultados
- 70IX Gastos de representación y viáticos
- 70XI Servicios profesionales por honorarios
- 70XIII Unidad de Transparencia
- 70XVI Condiciones generales de trabajo
- 70XVII Información curricular
- 70XIX Servicios que ofrecen
- 70XX Trámites, requisitos y formatos que se ofrecen
- 70XXIII Gasto en comunicación social y publicidad
- 70XXIV Resultados de auditorías del ejercicio
- 70XXV Dictaminación de Estados Financieros
- 70XXVII Concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados
- 70XXIX Informes por disposición legal
- 70XXX Estadísticas en cumplimiento de sus facultades
- 70XXXI Avances programáticos o presupuestales, balances generales y estados financieros
- 70XXXII Provedores y contratistas
- 70XXXIII Convenios de coordinación con los sectores social y privado
- 70XXXIV Inventario de bienes
- 70XXXV Recomendaciones en derechos humanos
- 70XXXVI Resoluciones y laudos
- 70XXXVII Mecanismos de participación ciudadana
- 70XXXIX Actas y resoluciones del Comité de Transparencia
- 70XLI Estudios financiados con recursos públicos
- 70XLII Jubilados y pensionados
- 70XLIII Ingresos recibidos por cualquier concepto
- 70XLV Catálogo de disposición documental
- 70XLVI Actas de sesiones y resoluciones de consejos consultivos
- 70XLVIII Cualquier información adicional para el público
Artículo 76
- 76I Padrón de afiliados o militantes
- 76II Acuerdos y resoluciones de órganos de dirección
- 76III Convenios de participación con sociedad civil
- 76IV Contratos y convenios para la adquisición o arrendamiento
- 76V Minutas de sesiones
- 76VI Responsables de órganos internos de finanzas
- 76VII Organizaciones sociales adherentes o similares
- 76VIII Cuotas aportadas por militantes
- 76IX Montos autorizados de financiamiento privado (nombres y montos)
- 76X Aportantes a precampañas y campañas
- 76XI Acta de la asamblea constitutiva
- 76XII Demarcaciones electorales
- 76XIII Tiempos que corresponden en canales de radio y televisión
- 76XIV Documentos básicos, programas de gobierno y mecanismos de designación
- 76XV Directorio de órganos de dirección
- 76XVI Tabulador de remuneraciones
- 76XVII Currículo con fotografía de todos los precandidatos y candidatos a cargo de elección popular
- 76XVIII Currículo de los dirigentes (nacional, estatal y municipal)
- 76XIX Convenios de participación electoral
- 76XX Convocatorias para elección de dirigentes o postulación de candidatos
- 76XXI Responsable de evaluación y selección de los candidatos
- 76XXII Gasto de financiamiento público para la capacitación, promoción y desarrollo del liderazgo político de las mujeres
- 76XXIII Resoluciones dicatadas por órganos de control
- 76XXIV Montos de financiamiento público y descuentos a sanciones
- 76XXV Estado de situación financiera e inventario de bienes inmuebles
- 76XXVI Resoluciones de órganos disciplinarios
- 76XXVII Nombres de representantes ante autoridad electoral
- 76XXVIII Mecanismos de control y supervision de selección de candidatos
- 76XXIX Fundaciones, asociaciones, centros de investigación que reciban apoyo del partido político
- 76XXX Resoluciones de la autoridad electoral respecto a ingresos y gastos
La revisión detallada de ambos artículos para cada partido políticos permitió observar cómo, desde la mirada de un ciudadano promedio, es posible acceder a la información de cada uno de ellos. La integridad, confiabilidad y trazabilidad de la información es variable para cada caso y, a pesar de contar con los formatos solicitados por el INAI, no necesariamente se traduce en una información de calidad y, sobre todo, de utilidad para la ciudadanía. La metodología que siguió la revisión fue otorgar tres valores: 0 si no contenía la información; 0.5 si se presentaba información incompleta; y 1 si presentaba información completa. El resultado de dicha evaluación se expresó en la siguiente tabla, con corte de revisión al 18 de agosto de 2017:
Asimismo, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) presentó la primera semana de septiembre los resultados de la evaluación del cumplimiento de obligaciones de transparencia de los sujetos obligados, en el cual reportó información para los nueve partidos nacionales a partir de la información publicada en el Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia (SIPOT). Con dicha información, el INAI integró el Índice Global De Cumplimiento en Portales de Transparencia para cada sujeto obligado. En el caso de los partidos políticos la información se contrastó con aquella publicada por Nosotrxs con el siguiente resultado:
Las diferencias sustantivas que arrojó la comparación fueron contrastadas con el INAI y se realizó públicamente el exhorto a los partidos, tanto del INAI como de Nosotrxs, para que cumplieran al 100% con sus obligaciones de transparencia. A partir de dicha discrepancia, el equipo de Nosotrxs realizó la actualización a abril de 2018 con información de los portales y del SIPOT. Se encontraron áreas sustantivas de mejora para mejorar la confiabilidad, trazabilidad y, sobre todo, utilidad de la información para los ciudadanos.
Reporte de información de los partidos políticos en el Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia (SIPOT)
A través del portal de solicitudes de acceso a la información del SIPOT, se solicitó la información completa de todos los registros realizados por los partidos políticos, respecto a los artículos 70 y 76 de la Ley General de Transparencia, en formato CSV. Este sistema envía la información a través de una liga que es compartida por medio de un correo electrónico, por lo que se procedió a descargar las bases de datos de cada enlace.
Después de descomprimir las carpetas recibidas descargadas a través de las ligas, se procedió a analizar la información contenida en cada archivo a través de los siguientes pasos:
- Contar el número total de registros por artículo y fracción para cada partido,
- Analizar el número de registros por el año al que corresponde la información y la fecha de actualización del registro,
- Revisar el contenido de las notas desplegadas al final de cada registro, por año y fecha de actualización, así como el número de veces que se repite el mismo mensaje.
El total de registros recuperados del sistema suma 1,823,173 (un millón ochocientos veintitrés mil ciento treinta y siete) datos. Al analizar la información contenida en estos registros, se obtienen las fracciones en las cuales cada partido aún no ha publicado ninguna información. Adicionalmente, se descartan aquellos registros en cuyas notas el partido informa que no ha cumplido con la ley sin una justificación válida. Además, se le asigna sólo la mitad del valor a las fracciones en las cuales un partido presenta información parcial. Por último, se calcula la proporción de cumplimiento por artículo para cada partido y se promedian los resultados que se publicaron en el reporte de actualización a abril de 2018.
Áreas de oportunidad de mejora al SIPOT
- Mejorar la usabilidad del SIPOT para recuperar información pública en grandes cantidades.
- La plataforma de consulta del SIPOT podría contar la opción para descargar la información totalentregada por cada sujeto obligado.
- Actualmente, la información debe solicitarse por entidad federativa, artículo por artículo y fracciónpor fracción, lo que toma demasiado tiempo para los usuarios y reduce las condiciones de usabilidad y accesibilidad a la información pública.
- La plataforma puede mejorar al contar con opciones de descarga de información en formato xlsxpara más de mil registros. El formato de descarga CSV sólo puede emplearse de forma indirecta por medio de un correo electrónico.
- El envío del correo electrónico mejoraría si contiene el nombre, fracción y artículo de lainformación solicitada en el cuerpo del texto. Actualmente, el total de los archivos que envía la plataforma se envían con el mismo nombre, lo cual dificulta su identificación y clasificación para los usuarios.
- El tiempo de respuesta al envío de correos en formato de descarga CSV. es incierto, pues el sistema puede enviar el correo de respuesta en cuestión de minutos, o demorarse varias horas.
- El formato con el que se presenta el contenido de los archivos difiere entre ambos años, así como el título de los archivos, lo que hace más difícil su comparación.
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