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Suprema Corte y las trabajadoras del hogar

Publicado originalmente en El Sol de México

Un proyecto de sentencia de la Corte parece algo demasiado técnico como para debatirse, y de entrada ahuyenta a todos quienes no pasamos por un proceso de formación en materia legal. Parecía ser el caso del proyecto (Amparo Directo 9/2018) propuesto por el Ministro Pérez Dayán, quien dedicó 43 cuartillas para llegar a la conclusión de que el trato asimétrico que las leyes federales establecen hacia las personas trabajadoras del hogar, en materia de seguridad social, se justifica por el tipo de labor que realizan.

El proyecto a grandes rasgos establecía que la exclusión de este sector al régimen obligatorio del Seguro Social no es discriminatoria y que, siempre y cuando la trabajadora se encuentre amparada por alguno de los diversos regímenes y protecciones existentes en materia de seguridad social, su derecho plasmado en la Constitución, está siendo protegido. Para el Ministro, las trabajadoras del hogar están amparadas por el régimen voluntario el cual, además, considera suficientemente robusto, aunque en realidad las excluya de prestaciones fundamentales como guarderías.

Pese a los tecnicismos y vericuetos legales, este proyecto no logró ahuyentar a la sociedad civil, al contrario, la hizo saltar de indignación y preocupación ante un texto que parece ser redactado sin el menor conocimiento de las condiciones laborales precarias en las que se desempeña este sector en pleno siglo XXI. Lo único que bastaba era un poco de sensibilidad y de sentido común para saber que el proyecto es a todas luces discriminatorio, y que nuestras leyes federales en lugar de ser un apoyo, son un obstáculo para que las trabajadoras vivan mejor.

Tan sólo un ejemplo: si la ley estipula que la seguridad social, bajo el régimen voluntario que norma a este grupo de trabajadoras, puede darse o no, legitima el que un derecho social se otorgue bajo el antojo de un empleador. De entrada esto implica que la trabajadora tendría que armarse de un cúmulo de estrategias persuasivas para negociar su derecho que, de entrada, no tendría por qué ser negociable. Y al menos hoy, lo que sí sabemos es que un 97 por ciento de empleadores no han tenido la voluntad de otorgarlo y que las trabajadoras siguen soñando con adquirirlo.

El pronunciamiento de sociedad civil tuvo eco esta vez y generó mucha discusión al interior de la SCJN. Para fortuna nuestra, la Corte decidió retirar el proyecto de sentencia y habrá de presentar uno nuevo, el cual esperamos sea elaborado con base en los estándares más altos de protección de derechos humanos laborales del sector.

A los Ministros de la Corte, que muy probablemente son empleadores, les hacemos un llamado para que volteen a ver la realidad de estas millones de trabajadoras del hogar, requerimos leyes justas que permitan a todos y todas las personas trabajadoras de nuestro país el acceso a una vida digna.

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Corte retira proyecto discriminatorio contra trabajadoras del hogar

La Suprema Corte retiró un proyecto presentado por el ministro Alberto Pérez Dayán, que negaba a las trabajadoras del hogar el reconocimiento de sus derechos laborales.

Publicado originalmente en Animal Político

Organizaciones sociales celebraron la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), de retirar un proyecto que negaba a las trabajadoras del hogar el reconocimiento de sus derechos laborales.

El lunes pasado, defensores de derechos humanos, académicos y activistas publicaron una carta en la que acusaron que el proyecto 9/2018, que sería discutido en la Segunda Sala de la SCJN, era discriminatorio para las trabajadoras del hogar, ya que legitimaba “un trato asimétrico” en materia de seguridad social.

El proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán suscribía que “el hecho de que los empleados domésticos no se encuentren contemplados dentro del régimen obligatorio del Seguro Social atiende a una diferenciación objetiva y razonable, a saber, que los empleados domésticos se distinguen intrínsecamente de los demás trabajadores, ya que la naturaleza y especificidades de su labores es de carácter especial”.

A través de la misiva, más de 120 activistas, defensores de derechos humanos y académicos, hicieron un llamado a la Suprema Corte y al Estado para revertir las prácticas discriminatorias que atentan contra los derechos de las trabajadoras del hogar.

En un comunicado, las organizaciones hicieron un llamado a los ministros de la Corte para que la redacción del nuevo proyecto “esté apegado a los estándares más altos de protección de derechos humanos laborales para este sector de trabajadoras”.

Para el Centro de Apoyo y Capacitación para Empleadas del Hogar, el Instituto de Liderazgo Simone de Beauvoir, Nosotrxs, Sinactraho y Hogar Justo Hogar, este caso “sienta un precedente histórico que obliga al Estado mexicano en su conjunto, a revisar con detenimiento las profundas desigualdades sustentadas y generadas a partir de las leyes federales que en la actualidad legitiman un trato asimétrico en su contra”.

Las organizaciones exhortaron al poder Ejecutivo para que envíe el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo al Senado para su ratificación, e hicieron un llamado al Legislativo para que realice las modificaciones necesarias a la Ley del Seguro Social y a la Ley Federal del Trabajo “para sentar las bases de igualdad que históricamente se le han negado a este sector”.

“Requerimos leyes justas que permitan a todos y todas las trabajadoras de nuestro país el acceso a una vida digna”, finalizaron.

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La seguridad social de las trabajadoras domésticas en manos de la SCJN

Publicado originalmente en Huffington Post

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutirá este miércoles un caso que podría impactar en la vida de millones de trabajadores del hogar.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación discutirá el proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán, que plantea que los patrones no estén obligados a inscribir en el seguro social a los empleados domésticos,pero sí a protegerlos de los riesgos a los que están expuestos en su labor.

El caso que discutirán es sobre una trabajadora del hogar de la tercera edaddespedida tras 50 años de labor, quien pidió a sus empleadores la inscripción retroactiva al sistema de seguridad social desde 1959, año en que comenzó a trabajar para la familia y no lo recibió.

Tras discutir el caso, la Junta Especial Diecinueve de Conciliación y Arbitraje se pronunció en contra de la inscripción retroactiva ante el IMSS y el pago de horas extras porque supuestamente acreditó la renuncia voluntaria de la trabajadora doméstica, pese a que condenó al pago de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo tan solo del año anterior a la presentación de la demanda. Además, condenó el pago de horas extras al estimar que la trabajadora laboraba un total de cincuenta y cuatro horas, esto es, seis horas extras más de la jornada máxima legal.

El proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán argumenta que “el hecho de que los empleados domésticos no se encuentren contemplados dentro del régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social, no vulnera, en sí y por sí mismo, el derecho humano a la seguridad social, a menos que: (I) esa exclusión se base en criterios discriminatorios; y (II) no exista algún otro régimen de seguridad social estatal al que puedan acogerse tales trabajadores”.

En respuesta al ministro Pérez Dayán, organizaciones de la sociedad civil y decenas de activistas y académicos enviaron una carta a la SCJN en la que acusan que el proyecto “evidencia una vez más la discriminación estructural de la que son objeto este grupo poblacional, en su mayoría mujeres de escasos recursos”.

“Legitima un trato asimétrico en materia de seguridad social, argumentando que el tipo de labor que realiza ese grupo de trabajadoras es de carácter especial y que por ello deben negárseles los derechos sociales de los que son titulares el resto de las personas trabajadoras formales”, explicaron los firmantes.

En el mismo sentido, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH)presentó ante la SCJN un Amicus Curiae —que es una figura que consiste en promover voluntariamente una opinión técnica del caso o de aportar elementos jurídicamente trascendentes al juzgador—, en el que solicita a la Suprema Corte “respetar los derechos y libertades de todas las personas, sin discriminación alguna, así como prevenir, eliminar, prohibir y sancionar todos los actos y manifestaciones de discriminación e intolerancia, incluyendo la denegación del acceso a cualquiera de los derechos sociales, económicos y culturales, como el derecho a la seguridad social”.

En México se estima que hay 2 millones 480 mil 466 personas ocupadas en trabajo doméstico remunerado, quienes, de acuerdo a la Organización Internacional del Trabajo (OIT), están en situación de vulnerabilidad y, por tanto, demandan la protección del Estado.

Desde 2014, el gobierno federal dejó pendiente ratificar el convenio 189 de la Conferencia Internacional del Trabajo mismo que establece los derechos básicos de las trabajadoras del hogar.

Las organizaciones firmantes hicieron un llamado urgente al Estado en su conjunto para revertir ya “las prácticas discriminatorias que históricamente han atentado contra los derechos fundamentales de una de las poblaciones más vulneradas, y que han colocado a México en una posición vergonzosa y de retraso internacional en el reconocimiento y protección de los derechos de este sector”.

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Llamado urgente a la SCJN para revertir de inmediato las prácticas discriminatorias hacia las #TrabajadorasDelHogar

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Suprema Corte de Justicia de la Nación
PRESENTE. 

El trato discriminatorio del Estado en su conjunto hacia las 2.4 millones de personas trabajadoras del hogar y la negativa, muy notoria en los últimos años, a avanzar en el reconocimiento de sus derechos laborales, preocupa profundamente a quienes trabajamos por impulsar una agenda para la igualdad en México.

El proyecto de sentencia propuesto (Amparo Directo 9/2018) en la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), evidencia una vez más la discriminación estructural de la que son objeto este grupo poblacional, en su mayoría mujeres de escasos recursos. Legitima un trato asimétrico en materia de seguridad social argumentando que el tipo de labor que realiza este grupo de trabajadoras es de carácter especial y que por ello deben negárseles los derechos sociales de los que son titulares el resto de personas trabajadoras formales. 

Consideramos que la SCJN elude la situación de desventaja en la que objetivamente se encuentran este grupo de trabajadoras dada su condición socio-económica y la naturaleza irregular de la relación laboral producto de nuestras leyes federales. Con ello, legitima la  permanencia de un orden jurídico que obstaculiza su acceso a una vida digna. Asimismo, juzgamos desalentador que determine que el régimen voluntario de seguridad social cumple con los estándares constitucionales y convencionales del derecho humano a la seguridad social, cuando éste las excluye del acceso a prestaciones fundamentales como guarderías y deja a voluntad del empleador el otorgar o no la inscripción.

Además, la negativa o dilación inexplicable del Ejecutivo a enviar el Convenio 189 de la OIT al Senado para su ratificación, revela la falta de voluntad política para sentar las condiciones de igualdad necesarias para combatir las graves prácticas discriminatorias hacia las trabajadoras del hogar. El Poder Legislativo, por su parte, ha demorado en legislar los cambios necesarios a la Ley Federal del Trabajo y la Ley del Seguro Social para terminar con esta desigualdad de trato contraria al mandato constitucional de Derechos Humanos.

Hacemos un llamado urgente al Estado en su conjunto para revertir desde ahora las prácticas discriminatorias que históricamente han atentado contra los derechos fundamentales de una de las poblaciones más vulneradas, y que han colocado a México en una posición vergonzosa y de retraso internacional en el reconocimiento y protección de los derechos de este sector.

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Adelina González Marín 

Adriana Paz Ramírez

Adriana Rodríguez Cabrera

Abel Valdez

Alejandra Fosada

Alejandro González Arreola

Alma Delia Murillo

Ana de la Rosa

Ana Fernanda Hierro Barba

Ana Laura García Coudurier

Ana Laura Magaloni

Ana Pecova

Ana Sofía Pablo López

Andrea Castro Casares

Andrea Santiago Páramo

Aram Barra

Areli Rojas Rivera

Carlos Bravo Regidor

Carlos Brito

Carlos Cruz

Carlos Heredia Zubieta

Christian Mendoza

Claudia Ramos

Claudio Saucedo Pagola

Consuelo Morales

Daniel Goldin

Daniel Moreno

Daniela Hernández Chong Cuy

David E. Calderón Martín del Campo

David Gómez Álvarez

Delia González Ortiz

Edna Jaime

Emilio Álvarez Icaza

Eunice Rendón

Felipe Canseco Ruiz

Fernanda Somoano Ventura

Fernanda Zorrilla Amaya

Gabriela Jauregui Casanueva

Gabriela Sánchez Arellano

Gabriela Warkentin

Gloria Careaga Pérez

Gustavo Guzmán

Haydeé Pérez Garrido

Hilda Téllez Lino

Ignacio Graf

Irma Poust Fernández

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sabel Crowley

Jacobo Dayán

Jacqueline L’Hoist Tapia 

Jacqueline Peschard

Javier Mancera

Jesús Rodríguez Zepeda

Jonathan Orozco Peralta

Jorge Javier Romero Vadillo

José Ángel Fernández Urías

José Ernesto Bermejo Jiménez

José Luis Caballero

José Mario de la Garza

José Merino

Juan Carlos Limon Buergo

Juan Villoro

Julio Madrazo

Karla Ruíz Santos del Prado

Katia D’Artigues

Laura Rojas

Leticia Mariana Jauregui Casanueva

Linda Atach

Lisa Sánchez

Lourdes Morales

Lucila Sertvitje Montull

Luis F. Fernández

Luis René Martínez Souvervielle

Luisa Rebeca Garza López

Lydia Cordero

Ma. Elena Morera

Maite Azuela

Marcela Azuela

Marcelina Bautista

María Amparo Casar

María de la Luz Padua Orihuela

María de Lourdes Rasso Ibarra

María Elena Morera

María Eugenia Calderón Renero

María Isidra Llanos Moreno

María José Morales García

María Luisa Gutiérrez Santoyo

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María Susana Scherer Ibarra

María Teresa Fernández Vázquez

Mariana Saiz

Maricela Contreras

Mariela Gómez Roquero

Marina de Tavira Servitje 

Mario Alberto Fócil Ortega

Mario Alfredo Hernández Sánchez

Mario Campos

Marisol Pardo Cué

Marta Cebollada Gay

Marta Lamas

Mauricio Merino Huerta

Mauricio Meschoulam

Mercedes Caso Valdés

Miguel Flores Bernés

Miguel Pulido Jiménez

Mireya del Pino

Mónica Maccise Duayhe

Norma Palacios Trabamala

Nubia Macías

Nuriney Mendoza Aguilar

Paola Zavala

Paula Sepúlveda Kischinevzky

Regina Martínez Casas

Regina Orozco

Regina Tamés

Ricardo Becerra

Ricardo González Bernal

Ricardo Raphael

Roberto Russell

Rodolfo Lezama

Rossana Fuentes Berain

Roy Campos

Rubén Aguilar Valenzuela

Sandra Lorenzano

Stephanie Brewster Ramírez

Susana Zabaleta

Tania Espinosa

Tonatiuh Guillen López

Valeria Berumen Ornelas

Verónica Baz

Verónica Ortiz Cisneros

Ximena Andión

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Cuartoscuro

Proyecto de la Corte sobre trabajadoras del hogar es discriminatorio, alertan defensores y activistas

Publicado originalmente en Animal Político

Defensores de derechos humanos, académicos y activistas publicaron una carta en la que acusan que en un proyecto de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se niega a las trabajadoras del hogar el reconocimiento de sus derechos laborales,  y se “legitima un trato asimétrico” en materia de seguridad social.

“El proyecto de sentencia propuesto (Amparo Directo 9/2018) en la Segunda Sala de la SCJN, evidencia una vez más la discrimnación estructural de la que son objeto este grupo poblacional, en su mayoría de escasos recursos”, se lee en la carta.

Un Amparo Directo interpuesto por una trabajadora del hogar exige que se le reconozcan prestaciones como “indemnización constitucional; pago de: salarios caídos, aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, prima de antigüedad y del tiempo extraordinario; así como la inscripción retroactiva ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)”.

En su demanda, la trabajadora señaló que trabajó con las personas a las que demanda desde 1959 hasta 2016, realizando labores de limpieza, lavado, planchado, comidas, lavar ropa, platos y áreas comunes de edificios, en un horario de 8:00 a las 17:00 horas, de lunes a sábado de cada semana, “sin horas de comidas ni descanso”.

Sin embargo, la Junta de Conciliación y Arbitraje consideró acreditada su renuncia voluntaria el 26 de abril de 2016, “motivo por el cual se absolvió a las demandadas del pago de la indemnización constitucional y salarios caídos”, aunque no acreditaron la excepción de pago de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo, por lo que las condenó al pago de éstas, pero solo del año anterior a la presentación de la demanda.

Asimismo, condenó a las demandadas al pago de horas extras, al estimar que la trabajadora laboraba un total de 54 horas, esto es, seis horas extra más de la jornada máxima legal de 48 horas, pero descartó que la parte patronal estuviera obligada a efectuar la inscripción de la quejosa al IMSS.

También determinó que “el patrón no está obligado, cuando se trate de trabajadores domésticos, a pagar la aportación Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, ya que dicha inscripción solo puede realizarse voluntariamente y conforme a lo pactado por las partes”, por lo que se absolvió a las demandadas de su pago.

Inconforme con el laudo anterior, la trabajadora del hogar promovió un juicio de amparo directo.

Un proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán, que se encuentra en espera de ser discutido por la Segunda Sala de la Corte, suscribe que “el hecho de que los empleados domésticos no se encuentren contemplados dentro del régimen obligatorio del Seguro Social atiende a una diferenciación objetiva y razonable, a saber, que los empleados domésticos se distinguen intrínsecamente de los demás trabajadores, ya que la naturaleza y especificidades de su labor es de carácter especial”.

De acuerdo con los firmantes de la misiva, este proyecto de sentencia “legitima un trato asimétrico en materia de seguridad social, argumentando que el tipo de labor que realiza ese grupo de trabajadoras es de carácter especial y que por ello deben negárseles los derechos sociales de los que son titulares el resto de las personas trabajadoras formales”.

“Consideramos que la SCJN elude la situación de desventaja en la que objetivamente se encuentran este grupo de trabajadoras dada su condición socio-económica y la naturaleza irregular de la relación laboral producto de nuestras leyes federales. Con ello, legitima la permanencia de un orden jurídico que obstaculiza su acceso a una vida digna”, sentencia la carta.

Para los firmantes, es “desalentador que determine que el régimen voluntario de seguridad social cumple con los estándares constitucionales y convencionales de derechos humanos, cuando éste las excluye del acceso a prestaciones fundamentales como guarderías y deja a voluntad del empleador otorgar o no la inscripción”.

También señalan que existe una “negativa o dilación inexplicable del Ejecutivo” para enviar el Convenio 189 de la OIT al Senado para su ratificación, lo que “revela la falta de voluntad política para sentar las condiciones de igualdad necesarias para combatir las graves prácticas discriminatorias hacia las trabajadoras del hogar”.

La carta, firmada por más de 120 personas, entre ellas Ana Pecova, Carlos Brito, Edna Jaime, Emilio Álvarez Icaza, Gabriela Warkentin, Hilda Téllez Lino, Jacqueline L’Hoist, Katia D’Artigues, María Amparo Casar, María Elena Morera, Mario Campos, Mauricio Merino, Regina Orozco, Ricardo Raphael, entre otros, hace un llamado al Estado para revertir las prácticas discriminatorias que atentan contra los derechos de las trabajadoras del hogar.

“Hacemos un llamado urgente al Estado en su conjunto para revertir desde ahora las prácticas discriminatorias que históricamente han atentado contra los derechos fundamentales de una de las poblaciones más vulneradas, y que han colocado a México en una posición vergonzosa y de retraso internacional en el reconocimiento y protección de los derechos de este sector”, finaliza la misiva.

Desde hace 7 años, México suscribió el Convenio 189 de la OIT; sin embargo, este nunca fue enviado al Senado para su ratificación, y continúa sin hacerlo, a pesar de las críticas y exigencias de organizaciones sociales y trabajadoras del hogar.

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La explotación avalada por la Corte

Por Mauricio Merino, coordinador nacional de Nosotrxs

Publicado originalmente en El Universal

La Corte está para protegernos. Su función como contrapeso de los otros poderes se realiza en situaciones dramáticas, donde los derechos de personas de carne y hueso reclaman su intervención. Si los ministros abdican de esa función y se limitan a citar leyes sin vincularlas con los derechos atropellados, invalidan su misión principal. En un régimen democrático, la Corte es el poder de quienes no tienen poder.

El derecho de amparo no se puede convertir, a consecuencia de la construcción de alegatos técnicos sin espíritu, en el desamparo de los más débiles. Y aunque los ministros están obligados a reaccionar ante cada caso, lo cierto es que sus criterios influyen de modo decisivo en la salvaguarda o la destrucción jurídica del principio de igualdad.

Por eso es inaceptable el proyecto elaborado por el ministro Alberto Pérez Dayán respecto el caso de una trabajadora del hogar que buscó a la Corte para defender sus derechos laborales, después de prestar sus servicios para una misma familia por mas de cincuenta años, hasta que su patrona decidió despedirla cuando cruzaba ya los 80 de edad y dejó de serle útil, abandonándola, literalmente, al más completo desamparo.

Continúa leyendo en El Universal

ENADIS 2017. CONAPRED

Discriminación y democracia

Por Cristopher Echenique (@Echenique_MX), integrante de Nosotrxs

Quien niegue que la discriminación está presente en la cotidianidad de los mexicanos, ya sea como víctimas o como victimarios, es, en el mejor de los casos, poco observador, sino es que un agente discriminador inconsciente. Para muestra basta voltear a ver los resultados de la última Encuesta Nacional sobre Discriminación (ENADIS), que permiten reconocer la prevalencia de la discriminación y sus diversas manifestaciones en el país.

Lo que deja ver es que aún a finales de la segunda década del siglo XXI, existen millones de individuos a los cuales se les excluye por motivos como el sexo, la edad, origen étnico, apariencia, nacionalidad, preferencia sexual o por tener alguna discapacidad. Los resultados además, reflejan que somos una sociedad con intensas prácticas de exclusión y desprecio hacia ciertos grupos. Esta discriminación está fuertemente enraizada y asumida en la sociedad y se reproduce por medio de valores culturales.

La Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (2003), define discriminación como: “(…)toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades.” Así mismo, los artículos 1º, 2º y 4º de nuestra Carta Magna están dedicados a garantías constitucionales en contra de la discriminación; sin embargo, una de cada cinco personas mayores de edad en México fue discriminada durante 2017, principalmente por motivos relacionados con su apariencia física.

Es importante reflexionar sobre los efectos de la discriminación en la vida de las personas pues éstos son altamente negativos y tienen que ver con la pérdida de derechos y la desigualdad en oportunidades para acceder a ellos; lo que influye en que las personas vivan en aislamiento y violencia. Los índices de discriminación están directamente relacionados con los de democracia pues según los resultados de esta encuesta, los prejuicios limitan derechos y el acceso a prestaciones básicas tales como la salud y vivienda.

El panorama de la discriminación en México empeora de forma alarmante si se amplía el rango a los últimos cinco años, cuando hasta un 23% de las personas encuestadas, señalaron que se les negó sin justificación algún derecho en ese periodo, principalmente atención médica o medicamentos, acceso a programas sociales e incluso ser atendidos en oficinas de gobierno. De ese universo, el grupo que mayoritariamente declaró que le fue negado al menos un derecho son las trabajadoras del hogar (39%), seguidas de las personas con discapacidad (30.9%), las personas indígenas (29.2%), las mujeres (25.8%), los adultos mayores (24.8%), quienes profesan alguna religión distinta a la preponderante (23.8%) y los menores de 30 años (15.7%). Esta encuesta reconoce a las trabajadoras del hogar como uno de los sectores más vulnerables. Más del 90% de ellas considera que su labor es poco valorado por la mayoría de la gente, 87.7% mencionó que no cuenta con prestaciones laborales y 57.1% de ellas dijo que se respetan poco o nada sus derechos.

La democracia y el ejercicio de la ciudadanía deben ser entendidos como elementos que trascienden el ámbito electoral e incluyen las prácticas, sentimientos y valores que experimentaban los individuos que confirman una sociedad y que se traducen en prácticas sociales determinadas. Desde la visión de la ciudadanía integral desarrollada por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, se define ciudadanía como: ‘un tipo de igualdad básica asociada al concepto de pertenencia a una comunidad, que en términos modernos es equivalente a los derechos y obligaciones de los que todos los individuos están dotados en virtud de su pertenencia a un Estado nacional […] un espacio sustancialmente mayor que va más allá del régimen político y sus reglas institucionales’.

Hablar de ciudadanía integral es considerar que la o el ciudadano de hoy debe acceder armoniosamente a sus derechos cívicos, sociales, económicos y culturales, y que todos ellos conforman un conjunto indivisible y articulado. En una democracia de calidad, el sistema legal es respetado y reconocido, ya que la ley se asume, entonces, como la mejor manera para establecer las reglas del juego y generar confianza ante la incertidumbre. Si las acciones de un gobierno se sujetan a los límites del Estado de derecho, los derechos humanos y civiles de las personas estarán protegidos; en ese sentido, el respeto a los derechos ciudadanos harán que un gobierno sea más aceptado.

En suma, la práctica de la discriminación está y seguirá muy presente en la sociedad mexicana. Por ello, la lucha contra ese flagelo no sólo depende de las leyes y autoridades, sino que recae en gran medida en la sociedad en su conjunto. Es imperativo conocernos de mejor manera, confrontar nuestra realidad y entender que la igualdad es el sentido fundamental y originario de la democracia. Somos una sola raza: la humana, y por lo tanto todas y todos merecemos gozar de los mismos derechos.

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Apuesta gobierno federal por ratificar Convenio 189

El gobierno federal considera que aún es posible que se ratifique, en la presente administración, el convenio 189 ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT) relacionado con la seguridad social a las trabajadoras domésticas de nuestro país.

Publicado originalmente en El Economista

Así lo informó el secretario del Trabajo y Previsión Social (STPS), Roberto Campa Cifrián, al entregar a 137 empresas el reconocimiento Norma Mexicana en Igualdad Laboral y No Discriminación.

Durante la entrega de este distintivo el cuál promueve las buenas prácticas de equidad y género entre otras, el titular en materia de empleo aseguró que la Igualdad permite el desarrollo de las personas.

El distintivo fue entregado a 137 centros de trabajo, 104 son públicos, 61 federales, 40 estatales y 3 municipales, 33 del sector privado entre ellos un organismo internacional.

Campa, dijo que “en México, la consolidación del mercado laboral debe tener como punto de partida el compromiso con la igualdad y la no discriminación, como condiciones que permiten desarrollo individual y que detonan el crecimiento de la productividad”. 

Pese a ello, señaló que todavía hay prejuicios que dificultan el desarrollo pleno de la mujer en el ámbito laboral, como la supuesta incompatibilidad de la maternidad con el trabajo o la exclusión que impide o dificulta el acceso a las mujeres a una actividad remunerada. “El llamado techo de cristal es la expresión de una circunstancia social que no podemos soslayar”, comentó.

En ese sentido, hizo un llamado a fortalecer y redoblar esfuerzos para eliminar las brechas que separan a mujeres y hombres, respecto a las oportunidades de acceso a un empleo digno, productivo y bien remunerado.

Añadió que “el cierre de la brecha laboral es insuficiente si los hombres no nos hacemos responsables de las labores del hogar. Creo que es tiempo de pasar de las palabras a los hechos y tomar el papel que nos corresponde también en las labores domésticas”.

La igualdad y la no discriminación son valores fundamentales para construir sociedades democráticas, justas e incluyentes.

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¿Avanzaremos en el reconocimiento de los derechos de las trabajadoras del hogar?

Quedan pocos días para que pueda ratificarse en este sexenio el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y con ello sentar las bases para hacer efectivos, en los próximos años, los derechos de las trabajadoras del hogar.

Por Andrea Santiago, coordinadora de la causa de #TrabajadorasDelHogar en Nosotrxs

Publicado en El Sol de México

En medio de las campañas electorales, distintos candidatos presidenciales han expresado el reconocimiento por la labor que realizan diariamente estas 2.4 millones de mujeres y han hecho promesas para convencernos de que su realidad laboral mejorará significativamente en el futuro, cuando ellos lleguen a gobernar. Sin embargo, es hoy cuando el Presidente puede realmente asegurar que esas propuestas de campaña no quedarán en el olvido y, al mismo tiempo, facilitar la implementación de dichas propuestas llegado su momento. Pero, ante todo, es hoy cuando puede asegurar que independientemente de quién gane la elección, habrá un compromiso del Estado mexicano a desplegar medidas que, por primera vez en la historia, garanticen las condiciones de igualdad laboral para este sector.

El tiempo desafortunadamente no ha jugado en favor de las trabajadoras del hogar. Al exigir sus derechos sale a la defensiva la retórica de la espera tan utilizada para frenar cambios históricos y culturales necesarios que involucran, entre otras cosas, combatir la hipocresía. Somos una sociedad que repite sistemáticamente que las empleadas del hogar “son como de la familia” y al mismo tiempo el país donde el 63 por ciento de ellas vive en la pobreza por no recibir los bienes y servicios suficientes para cubrir sus necesidades básicas. Somos, para vergüenza nuestra, el país con la menor tasa de formalización laboral de trabajadoras del hogar en toda América Latina.

La voluntad política se ha convertido en el principal obstáculo para revertir esta situación tan normalizada de atropellar los derechos de este grupo de trabajadoras. No es un asunto económico ni técnico, como se ha querido aparentar, el que ha frenado la ratificación del Convenio 189. Éste es lo suficientemente flexible que incluso permite una implementación progresiva, y es bajo este esquema que ha podido implementarse de forma exitosa en otros países. En todo caso, durante el sexenio se ha compartido y producido evidencia que respalda su viabilidad.

El Ejecutivo, tras su promesa en 2014 de enviar al Senado el Convenio 189 para su ratificación, sembró en las trabajadoras del hogar la esperanza de que su realidad, y por tanto la de sus familias, sería transformada. Sembró en la ciudadanía la esperanza de que podemos empujar cambios profundos que nos coloquen en vías de ser la nación incluyente a la que aspiramos ser. Sembró la esperanza de que en México podemos predicar con el ejemplo y derribar los muros de la desigualdad social.

Hoy decenas de organizaciones como Nosotrxs y miles de ciudadanos le exigimos al Presidente que honre su promesa y que no rompa con esta esperanza. Está en sus manos contribuir a cortar de raíz la injusticia o a perpetuarla.

Nosotrxs